martes, 8 de diciembre de 2009

CLASIFICACION DE ENERGIA ELECTRICA

esta clasificacion se da de acuerdo a la ley del servicio publico de energia electrica

La ley de servicio público de energía eléctrica es la que dictamina los lineamientos que se deben cumplir para poder gozar del servicio de energía eléctrica, las características de los inmuebles para brindar el servicio, el tipo de suministro y el tipo de sanciones con respecto al incumplimiento de los lineamientos anteriores.

La clasificación de la energía será la siguiente como se especifica en el artículo 3o:

Alta tensión: La tensión de suministro a niveles mayores a 35 kilovolts (kV).

Baja tensión: La tensión de suministro a niveles iguales o menores a un kilovolt (kV).

Media tensión: La tensión de suministro a niveles mayores a un kilovolt (kV), pero menores o iguales a 35 kilovolts (kV)

También nos indica cómo es que se debe de solicitar el servicio, indicando el tipo de tensión se requiere, el tipo de formato adecuado para solicitarlo, y como es que debe responder el suministrador en cuanto a evaluación de obra o solicitud y desarrollo de presupuesto incluyendo materiales y equipos según sea el caso.

El suministrador deberá entregar estos documentos al solicitante dentro de los plazos que a continuación se establecen, contados a partir del día siguiente al de la notificación del aviso a que se refiere el artículo anterior.

Si el suministrador no cumple con el plazo correspondiente quedará obligado a bonificar en energía eléctrica (kWh) al solicitante, una vez que se conecte el servicio, el equivalente al uno por ciento del monto total de la solución técnica más económica por cada semana o fracción que se exceda de dicho plazo. Para el cálculo de la bonificación, la semana no transcurrida totalmente se considerará completa.

En conclusión la ley nos indica los lineamientos que debe seguir el solicitante, para ampararse ante cualquier inconveniente, el tipo de sanción dependiendo de la falta, como actuar situaciones reclamo por el servicio o cuando se amerita un reembolso por parte del suministrador.

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